viernes, 21 de diciembre de 2007

Piden la inconstitucionalidad de la ley que frena la minería contaminante

Una empresa minera presentó una demanda contra la Provincia de Mendoza. Lo hizo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en su reclamo pide que se declare la inconstitucionalidad de la Ley Provincial 7.722, conocida como "Ley Cobos" y por la cual se prohíbe a la industria minera el uso de cianuro, ácido sulfúrico, mercurio y otras sustancias tóxicas.La presentación la concretó Energía Mineral SA (EMSA), con capitales internacionales, cuyo principal objetivo es la exploración de uranio en distintas provincias de la Argentina, entre las que se encuentra Mendoza.Según se informó, la acción fue presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y no ante la Justicia mendocina, basada en la letra del artículo 117 de la Constitución Nacional y la jurisprudencia de la Corte, que hablan de los juicios en los que sea parte una provincia y se discutan materias de carácter federal (como violaciones a la Constitución Nacional y tratados internacionales) que corresponden exclusivamente a la jurisdicción del más alto tribunal del país.La letra atacadaLa Ley Provincial 7.722, sancionada por la Legislatura mendocina en junio de este año, prohíbe el uso del cianuro, ácido sulfúrico, mercurio y "otras sustancias tóxicas similares", pero únicamente para la industria minera y establece que las declaraciones de impacto ambiental requeridas para todas las etapas de esta actividad deben ser ratificadas por una ley provincial. Las empresas radicadas en Mendoza pueden usar estas sustancias siempre y cuando su actividad no esté relacionada con la minería.Con esa base, la presentación -hecha por la empresa de origen canadiense- se fundamenta en la acción declarativa, asegurando que esta norma es “discriminatoria y viola el derecho a la igualdad ante la ley, establecido por el artículo 16 de la Constitución Nacional”.También se afirma que la minería es una actividad declarada de interés público por el Código de Minería y está protegida por el Artículo 14 de la Constitución Nacional, que otorga a los habitantes de la Nación el derecho a ejercer toda industria lícita. “El ácido sulfúrico y el cianuro son sustancias indispensables para la actividad minera, por lo cual prohibir su uso equivale a prohibir la minería en Mendoza y viola el derecho constitucional de ejercer una industria lícita”.Finalmente y después de calificar la ley como “discriminatoria y arbitraria”, en el escrito se señala que además dicha norma viola también la garantía de "trato justo y equitativo", establecida en el Tratado Bilateral de Protección de Inversiones entre la Argentina y el Canadá.La demandanteEnergía Mineral SA (EMSA), subsidiaria de Calypso Uranium Corp., según un comunicado, dice ser “una empresa cuyo principal objetivo es la exploración de uranio en distintas provincias de la Argentina, implementando sus programas de prospección y exploración, dentro del marco de minería moderna, sustentable y responsable”, destacando que es “la única dedicada a la minería de uranio con un programa de Seguridad y Protección Radiológica, bajo estándares internacionales y de aplicación interna y externa”. Ahora sólo resta esperar el fallo de la Corte Suprema.


http://www.losandes.com.ar/2007/1207/sociedad/nota412888_1.htm

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